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Nueva Ley de Farmacia de Madrid: estas son las claves que tienes que conocer

22 Apr 2022
5 min Lectura

Nueva Ley de Farmacia de Madrid: estas son las claves que tienes que conocer

La dispensación con entrega informada en casa de medicamentos, la flexibilidad de apertura las 24 horas y la incorporación de nutrición y dietética, entre las principales novedades.

22.04.2022 | IM Farmacias

La nueva Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid ya tiene luz verde, tras haberse aprobado por parte del Consejo de Gobierno. Ahora solo falta que la Asamblea dé su aprobación definitiva y realice su tramitación antes de la entrada en vigor. Esto supone una buena noticia para el sector de la farmacia comunitaria, ya que contempla importantes avances para la profesión. Pero ¿cuáles son los aspectos clave de esta ley?

Entre las novedades que incluye se encuentran la dispensación con entrega informada en casa de medicamentos bajo determinadas circunstancias, la flexibilidad de apertura las 24 horas y la incorporación de nutrición y dietética como nuevas secciones profesionales de las oficinas de farmacia.

Dispensación con entrega informada en casa

Gracias a esta nueva ley, se amplía el servicio de dispensación de medicamentos y productos sanitarios con entrega informada en casa que realizará personal de las oficinas, cuya experiencia durante los momentos más duros de la pandemia por Covid-19 demostró su efectividad y garantía.

Esta prestación está destinada a los usuarios con unas características y necesidades asistenciales específicas, con pérdida de autonomía funcional y exigencias de cuidados por enfermedades crónicas, con dificultad o impedimento para desplazarse a la farmacia de su elección.

Flexibilización horaria

El proyecto de ley avanza también en la flexibilización horaria, con una franja fija y una variable de apertura, que puede llegar hasta las 24 horas del día para facilitar la adquisición de cualquier producto.

Asimismo, reconoce la singularidad de aquellas oficinas en municipios de menos de 2.000 habitantes, en los que el horario ordinario y oficial podrá ser de 35 horas semanales y realizarse de forma continuada.

Dosificación

La norma regula, por otra parte, los sistemas personalizados de dosificación para mejorar la aplicación y efectividad de los tratamientos, con especial atención a los pacientes crónicos, polimedicados y dependientes.

Nutrición y dietética

Entre las principales claves destaca también la ampliación de las secciones de aquellos locales con áreas como nutrición y dietética. Así, estas actividades serán llevadas a cabo por profesionales sanitarios en plantilla, debidamente cualificados, pero que necesariamente no tienen que ser farmacéuticos.

Centros de servicios sociales 

En cuanto a la atención farmacéutica en centros de servicios sociales de carácter residencial de menos de 100 camas, en régimen de asistidos que presten asistencia sanitaria específica y no cuenten con farmacia hospitalaria, la ley recoge que dispondrán de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia del área sanitaria o a una oficina de la Comunidad de Madrid.


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